Saltar al contenido
cheque servicio

Cheque servicio para la ayuda a la dependencia Madrid

Para los servicios de atención a la dependencia, la Comunidad de Madrid ofrece una serie de ayudas de las que tú y tu familiar podéis beneficiaros. Entre estas, la ayuda del Cheque Servicio. Si tienes un familiar con dependencia, sabrás que su tratamiento y cuidado puede ser muy costoso. Necesitas a un profesional de ayuda a domicilio varias horas al día o incluso de manera permanente. Por suerte, el Cheque Servicio de Madrid te dará una ayuda económica mensual para reducir ese coste.

En Serayuda, somos una empresa acreditada por la Comunidad de Madrid para ayuda a la dependencia. Podrás canjear tu cheque con nosotros y así garantizar que tus mayores reciban el cuidado que se merecen. Contacta con nosotros para solicitar un presupuesto sin compromiso. Estaremos encantados de ayudarte.

¿Cuánto paga el cheque servicio en la Comunidad de Madrid en 2026?

La cuantía del Cheque Servicio (oficialmente Prestación Económica Vinculada al Servicio o PEVS) depende de la Ley de Dependencia y del grado reconocido. Estas son las cuantías mensuales vigentes en 2026:

Grado de dependenciaCuantía mensual
Grado I · Dependencia moderadaHasta 313,50€
Grado II · Dependencia severaHasta 445,30€
Grado III · Gran dependenciaHasta 747,25€
Grado III+ · Dependencia extremaDe 3.200€ a 9.850€
Cuantías de la Prestación Económica Vinculada al Servicio. Grados I a III según el Real Decreto 675/2023; Grado III+ según la Ley 3/2024 y el Real Decreto-ley 11/2025.

Grado 1. Dependencia moderada

Se considera así cuando la persona necesita ayuda para hacer actividades básicas al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente para su autonomía personal. La cuantía máxima del Cheque Servicio para Grado I es de 313,50€ al mes.

Grado 2. Dependencia severa

Si necesita ayuda dos o tres veces al día para hacer actividades básicas, pero sin requerir apoyo permanente de un cuidador. También se aplica cuando se necesita apoyo extenso para la autonomía personal. La cuantía máxima del Cheque Servicio para Grado II es de 445,30€ al mes.

Grado 3. Gran dependencia

Se aplica cuando hay pérdida total de autonomía mental, física, sensorial o intelectual, o necesidades de apoyo generalizado para la autonomía personal. Necesita apoyo de manera continua. La cuantía máxima del Cheque Servicio para Grado III es de 747,25€ mensuales.

Grado 3 plus. Dependencia extrema

Reservado a personas con ELA u otras enfermedades de alta complejidad y curso irreversible, en fase avanzada. Requiere tener reconocido el Grado III y cumplir criterios clínicos específicos. La cuantía va de 3.200€ a 9.850€ mensuales. Ver requisitos del Grado III+.

Estas cuantías son las máximas establecidas por la normativa estatal. La cantidad final que reciba cada persona dependerá de su capacidad económica y del coste del servicio contratado. Para los grados II y III, si la capacidad económica es igual o inferior al IPREM, se aplica la cuantía máxima. Si es superior, se aplica una fórmula proporcional.

¿Han subido las ayudas de dependencia en 2026?

Quizá hayas leído titulares sobre una subida importante de las ayudas de dependencia. Es cierto que hubo una reforma, pero conviene aclarar un punto que está generando bastante confusión entre las familias. El Real Decreto-ley 17/2026, publicado en el BOE el 24 de junio de 2026 y aplicable a las prestaciones devengadas desde el 1 de julio, elevó el nivel mínimo de protección que la Administración General del Estado transfiere a las comunidades autónomas por cada persona beneficiaria: 90€ en Grado I, 260€ en Grado II y 660€ en Grado III.

Ahora bien, esas cantidades son financiación entre administraciones, no un ingreso automático en la cuenta de la persona dependiente. Sirven para que las comunidades sostengan el sistema, contraten profesionales y reduzcan listas de espera. Las cuantías máximas de la PEVS que percibe directamente el beneficiario siguen siendo las del Real Decreto 675/2023 que aparecen en la tabla anterior. Cada comunidad autónoma puede, si así lo decide, mejorar esos importes por encima del mínimo estatal.

Después de años acompañando a familias en este trámite, hemos comprobado que esta distinción evita muchas decepciones. Un anuncio de más financiación pública mejora los recursos del sistema, pero no modifica por sí solo una resolución individual ya concedida.

¿Qué es el Grado III+ de dependencia extrema?

Desde finales de 2025 existe el Grado III+, un grado de dependencia extrema creado por la Ley 3/2024 para personas con ELA y otras enfermedades de alta complejidad y curso irreversible. Reconoce un agravamiento funcional dentro del Grado III y da derecho a una prestación de entre 3.200€ y 9.850€ mensuales para ayuda a domicilio o asistencia personal. Lo explicamos en detalle, con todos los requisitos y el procedimiento, en nuestra guía sobre el grado III+ de dependencia.

¿Qué es el cheque servicio?

El Cheque Servicio, oficialmente conocido como Prestación Económica Vinculada al Servicio (PEVS), es una ayuda económica de la Comunidad de Madrid para personas con dependencia reconocida. Consiste en una cuantía mensual destinada a financiar parte del coste de servicios privados (ayuda a domicilio, centro de día o residencia), siempre que sean prestados por entidades acreditadas por la Comunidad de Madrid.

El objetivo es que la persona beneficiaria pueda elegir libremente la empresa o centro que mejor se adapte a sus necesidades, y la administración financia parte del coste mientras la familia asume la diferencia si procede.

Conseguir Cheque Servicio Madrid

Pasos para solicitar el cheque servicio de la Comunidad de Madrid

Para solicitar el Cheque Servicio, hay que determinar primero el grado de dependencia y obtener el PIA o Programa Individual de Atención. Estos son los pasos:

  1. Contacta con los servicios sociales de tu zona. Puedes hacerlo a través de los teléfonos 010 y 012 de Atención al Ciudadano, presencialmente en el centro de Servicios Sociales que te corresponda o por medios electrónicos con certificado digital.
  2. Solicita el reconocimiento de dependencia aportando la documentación requerida: solicitud oficial, NIF/NIE del solicitante, certificado de empadronamiento en la Comunidad de Madrid, informe de salud de los últimos 3 meses firmado por un médico colegiado, fotocopia del grado de discapacidad (si existe) y autorización de comprobación de datos. Además, deberás presentar una declaración responsable sobre tu capacidad económica y patrimonial.
  3. Valoración a domicilio. Una vez presentada la documentación, la Dirección General de Atención a la Dependencia fijará una fecha para la valoración. Esto lo hará un profesional sociosanitario con formación en el Baremo de Valoración de Situación de Dependencia (BVD). Acudirá al domicilio habitual para hacer el informe correspondiente y determinar el grado de dependencia.
  4. Elaboración del PIA. Una vez reconocido el grado de dependencia, la Dirección General contactará contigo para elaborar el Programa Individual de Atención (PIA), donde se establece la modalidad de intervención más adecuada. En este momento debes indicar que quieres la Prestación Económica Vinculada al Servicio (Cheque Servicio).
  5. Firma del contrato con la empresa acreditada. Una vez aprobado el Cheque Servicio, debes firmar un contrato con una empresa acreditada como Serayuda y presentarlo a la Comunidad de Madrid. En el plazo máximo de 6 meses recibirás la resolución final con la cuantía concedida.
  6. Cobro mensual. Una vez aprobada la prestación, la Comunidad de Madrid ingresará la cuantía mensualmente, incluyendo los atrasos hasta su percepción. La persona estará dada de alta en SIDMA, la aplicación informática que informa sobre los servicios de dependencia prestados.

El procedimiento completo, desde la entrada de la documentación hasta la resolución del grado de dependencia y el PIA, no debe exceder los 6 meses según establece la ley. En la práctica, los tiempos suelen alargarse bastante más, así que nuestra recomendación es iniciar el trámite cuanto antes y con toda la documentación bien preparada desde el primer momento.

Solicita información o llámanos
91 056 58 14

    Cualquier envió de currículum por este medio NO SERÁ ATENDIDO

    Your information will be securely sent to and stored in Google Sheets for the purpose of processing your form submission.

    Preguntas frecuentes sobre el Cheque Servicio

    ¿Qué empresas están autorizadas para gestionar el Cheque Servicio en la Comunidad de Madrid?

    Solo las empresas y centros inscritos en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de Acción Social de la Comunidad de Madrid pueden gestionar el Cheque Servicio. Serayuda es una empresa acreditada que cumple con todos los requisitos para que puedas canjear tu Cheque Servicio con nosotros. Los particulares y empresas sin acreditación no pueden gestionar esta ayuda.

    ¿Cuánto se cobra del Cheque Servicio en el Grado 2 y Grado 3?

    Según el Real Decreto 675/2023, las cuantías máximas son: para Grado II hasta 445,30€ al mes, y para Grado III hasta 747,25€ al mes. La cantidad exacta depende de la capacidad económica del beneficiario y del coste del servicio contratado. Si la capacidad económica es igual o inferior al IPREM, se aplica la cuantía máxima del grado; si es superior, se calcula de forma proporcional.

    ¿Han subido las ayudas de dependencia en 2026?

    El Real Decreto-ley 17/2026 reforzó la financiación del sistema de dependencia desde el 1 de julio de 2026, pero lo que subió fue el nivel mínimo que el Estado transfiere a las comunidades autónomas por cada beneficiario: 90€ en Grado I, 260€ en Grado II y 660€ en Grado III. Se trata de una aportación entre administraciones, no de un ingreso automático para la persona dependiente. Las cuantías máximas de la PEVS que percibe el beneficiario siguen siendo las del Real Decreto 675/2023: 313,50€ en Grado I, 445,30€ en Grado II y hasta 747,25€ en Grado III. Cada comunidad autónoma puede mejorar esos importes si así lo decide.

    ¿Qué es el Grado III+ y qué ayuda le corresponde?

    El Grado III+ es un grado de dependencia extrema creado por la Ley 3/2024 y desarrollado por el Real Decreto-ley 11/2025, pensado para personas con ELA y otras enfermedades de alta complejidad y curso irreversible. Reconoce un agravamiento funcional dentro del Grado III y da derecho a una prestación de entre 3.200€ y 9.850€ mensuales, vinculada al servicio de ayuda a domicilio o al de asistencia personal. Para acceder por ELA en fase avanzada hay que tener reconocido el Grado III, contar con diagnóstico de ELA y cumplir dos de tres criterios clínicos: soporte ventilatorio de más de 8 horas al día, aspiración diaria de secreciones o inmovilidad del tren superior. Se acredita con certificado médico del especialista del sistema público de salud y el plazo máximo de resolución es de 3 meses.

    ¿Cuánto tiempo tarda en concederse el Cheque Servicio?

    El procedimiento completo, desde la entrada de la documentación hasta la resolución del grado de dependencia y el PIA, no debe exceder los 6 meses según establece la ley. Tras la concesión del PIA con la modalidad de Cheque Servicio, una vez presentado el contrato con la empresa acreditada, el plazo máximo para la resolución final con la cuantía es de otros 6 meses. En la práctica, los tiempos pueden variar y la Comunidad de Madrid prioriza casos urgentes.

    ¿Qué documentación necesito para solicitar el Cheque Servicio?

    La documentación principal incluye: solicitud oficial de reconocimiento de dependencia, copia del NIF/NIE del solicitante, certificado de empadronamiento en la Comunidad de Madrid, informe de salud de los últimos 3 meses firmado por un médico colegiado, fotocopia del certificado de discapacidad (si existe), autorización de comprobación de datos y declaración responsable sobre la capacidad económica y patrimonial. Una vez aprobado el PIA, también necesitarás el contrato firmado con la empresa acreditada.

    ¿Se puede usar el Cheque Servicio para una residencia?

    Sí, el Cheque Servicio puede vincularse a tres tipos de servicios: ayuda a domicilio, centro de día o residencia. En el caso de atención residencial, la cuantía máxima para Grado II será igual a la establecida para Grado III (hasta 747,25€/mes). Es necesario tener reconocido un Grado II o III de dependencia para acceder a residencia con esta prestación.

    ¿Es compatible el Cheque Servicio con otras prestaciones?

    En general, todas las prestaciones económicas de la Ley de Dependencia son incompatibles entre sí. Solo son compatibles los servicios de prevención y promoción de la autonomía personal, el servicio de teleasistencia y los servicios de ayuda a domicilio no intensiva y centro de día en grados II y III. Si recibes el Cheque Servicio, no puedes cobrar simultáneamente la Prestación Económica para Cuidados en el Entorno Familiar (PECEF).

    ¿Está exento de IRPF el Cheque Servicio?

    Sí. Las prestaciones económicas públicas vinculadas al servicio derivadas de la Ley 39/2006 de Dependencia, entre ellas el Cheque Servicio, están exentas de tributar en el IRPF. Esto significa que la ayuda recibida no computa como rendimiento en la declaración de la renta del beneficiario.

    ¿Qué pasa si cambia el grado de dependencia de mi familiar?

    Si la situación del beneficiario empeora o mejora, se puede solicitar una revisión del grado de dependencia. Si se modifica el grado, la cuantía del Cheque Servicio se actualizará en consecuencia. La prestación se mantiene mientras se sigan cumpliendo las condiciones que permitieron su concesión.